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🏥 Resolución 465 de 2025: Se modifican los artículos 4, 5, 7, 19 y 20 de la Resolución 3100 de 2019

Actualizado: 4 may

En el 2019, se expidió la Resolución 3100 "Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud”y la Resolución 544 de 2023 "Por la cual se modifica la Resolución 3100 de 2019 en el sentido de adecuar algunos aspectos relacionados con la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud"



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🎯 ¿Qué propone esta Resolución?


Que con relación al estándar de infraestructura es pertinente:


  • a) Modificar las condiciones de los consultorios donde se atiendan menores de 5 anos, eliminado la barrera física fija o móvil entre las áreas de entrevista y exámenes,

  • b) establecer el uso obligatorio de los emblemas estrella de la vida y el emblema protector de la Misión Médica,

  • c) No requerir el ambiente de simulación de tratamiento en el servicio de radioterapia cuando la tecnología incorpore la simulación del tratamiento.


Que en el estándar de Talento Humano es necesario precisar lo siguiente:


  • a) El procedimiento de vacunación se puede realizar en los servicios de salud cuyo talento humano haya adquirido las competencias para administrar inmunobiológicos,

  • b) La constancia de asistencia de las acciones de formación continua en gestión operativa de la donación exigido para el coordinador operativo de trasplantes será expedida por el Instituto Nacional de Salud - INS,

  • c) El INS serán la entidad responsable de emitir los lineamientos para la expedición de la constancia de asistencia de las acciones de formación continua en detección y cuidado del donante,

  • d) En el servicio de transporte asistencial en ambulancia aérea el talento humano deberá ser técnico profesional o tecnólogo en atención prehospitalaria.


En el estándar de Procesos Prioritarios se requiere determinar que los prestadores de servicios de salud que instalen cámaras de videovigilancia al interior de las áreas o ambientes donde se presten servicios de salud, para grabar la realización de procedimientos en salud, deben contar con un documento escrito en el que se evidencie la autorización de la grabación, el cual deberá ser firmado por los pacientes o sus representantes y por el talento humano en salud responsable del procedimiento, este documento hará parte de la historia clínica, en cumplimiento de la sentencia T-144 de 2024.




Vigencia


La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica los artículos 4,5,7,19 y 20 de la Resolución 3100 de 2019 modificada por la Resolución 544 de 2023.




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